El principio de inocencia

Avatar Redaccion | October 12, 2015 304 Views 0 Likes 0 Ratings

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El Principio de Inocencia

Por Gustavo León Gómez*

La Revolución Francesa tuvo como pilares fundamentales de su doctrina filosófica tres principios básicos bajo los cuales deben convivir los seres humanos: libertad, igualdad y fraternidad.

El término libertad, según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, del maestro Guillermo Cabanellas, en su segunda acepción, se define como la “facultad, de que se disfruta en las naciones bien gobernadas, de hacer y decir cuanto no se oponga a las leyes ni las buenas costumbres”.Captura de pantalla 2015-10-11 23.31.37

Para proteger este derecho fundamental del ser humano, la Convención Universal de los Derechos Humanos consagra esta garantía y derivado de la misma, la mayor parte de las constituciones republicanas repiten el mismo principio, tal cual ocurre en nuestra Constitución, cuando en su artículo 89 nos dice: “Toda persona es inocente mientras no se haya declarado su responsabilidad por autoridad competente”.

El mundo civilizado, como podemos ver, ha dado al principio de inocencia un lugar preponderante en la escala de los derechos fundamentales del ser humano, reconociendo que su violación implica una laceración del derecho fundamental a la libertad. De ahí también, la existencia de garantías o recursos fundamentales como el hábeas corpus o de exhibición personal.

La razón de ser de este énfasis deriva de una premisa muy simple, pero absolutamente incuestionable y es que el Estado, como imperio, al enfrentarse con el ciudadano, se encuentra en una posición de absoluta ventaja que permite, con el más leve descuido, se violen sus derechos.

Esta situación se agudiza cuando el Estado, por razones de necesidad o emergencia, recurre a justificaciones para atenuar la pesada carga de la prueba que legalmente le toca sobrellevar para poder lograr una condena.

Siempre hemos dicho que la mejor forma de comprobar si estas garantías y otras como el debido proceso están siendo respetadas, es necesario colocarse en los zapatos de quienes las reclaman. Es muy fácil cometer el error de justificar prejuicios, impulsados por una presión mediática o simplemente por sentimientos de venganza que condenan al acusado antes de ser oído y vencido en juicio.

La persecución penal por parte del Estado es un deber, pero esta delicada tarea implica una tremenda responsabilidad, pues pone en juego la vida y la libertad de una persona. Es por eso que, en las sociedades civilizadas, los órganos policiales y de investigación deben desempeñarse con excelencia, de tal forma que el juez pueda llegar al pleno convencimiento, sin lugar a dudas, sobre la culpabilidad del imputado.

Hemos criticado ciertas posiciones mediante las cuales se reclama la colaboración de los jueces en la lucha contra la delincuencia. El juez no está ahí para colaborar o para coadyuvar en los esfuerzos investigativos. Su labor es juzgar en un ambiente de absoluta independencia e imparcialidad, de tal forma que el acusado, aún y cuando sometido al escrutinio de la autoridad que gobierna, sea beneficiado por la presunción de inocencia, salvo prueba en contrario.

Esta situación, si lo vemos desde una perspectiva objetiva, acaba siendo beneficiosa para los órganos policiales y el Ministerio Público, pues la idea no es que se les facilite el trabajo, sino mas bien que, salvando todas las garantías establecidas en favor del imputado, logren demostrar con sus investigaciones y pruebas la culpabilidad para poder privar a este de su libertad.

Como todo mecanismo de incentivos, esta exigencia motiva al policía y al fiscal a prepararse mejor, a realizar sus investigaciones en forma legal, técnica y científica, pues sabe que encontrará en él o la juez un duro examinador de sus tareas, obligándole a proveer los elementos probatorios necesarios para poder impartir justicia con objetividad o, en caso contrario, desestimar la acusación en favor del ciudadano respetando el principio de inocencia.

Aplaudimos la dura y arriesgada tarea que realizan los órganos de seguridad del Estado, es su deber y el pueblo reclama resultados. Pero para lograr un verdadero avance cualitativo en la lucha contra la criminalidad es necesario no perder de vista que no existe mayor crimen que el que se comete contra un ser humano a quien se le priva de su libertad siendo inocente.

*Miembro fundador de la firma regional de abogados Consortium Centro América Abogados,  cuenta con LLM en Derecho de Negocios Globales por la Escuela de Derecho Suffolk en Boston y estudios de posgrado en Georgetown University Law Centre y el Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE). 


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